1- El balón intragástrico, la banda gástrica ajustable y el marcapasos gástrico son dispositivos que los cirujanos bariátricos instalamos en el paciente a petición propia.

2- La utilización de estos dispositivos es responsabilidad exclusiva del paciente portador.

3- La alimentación tras el implante de alguno de estos dispositivos deberá adaptarse a las nuevas condiciones y nunca se podrá comer como antes de la intervención del implante mientras este permanezca en el paciente.

4- Los resultados de la técnica dependerán exclusivamente de la correcta utilización de dichos dispositivos y de la correcta alimentación adaptada a estos.

5- El uso incorrecto de estos dispositivos o una alimentación incorrecta o inadaptada pueden provocar intolerancia a estos o lesiones del estómago que obliguen a su retirada o recolocación.

6- Nunca es el dispositivo el que daña al estómago sino el estómago el que se daña contra el dispositivo por alimentos inadecuados, masticación insuficiente o por comer demasiado rápido.

7- En el caso de necesitar el paciente una corrección quirúrgica o una reparación de alguno de estos dispositivos debidos al uso de estos, correcto o incorrecto, estará sujeta al cobro de honorarios médicos y al pago de los gastos hospitalarios que ocasione.

8- La correcta utilización de estos dispositivos y la adaptación al nuevo sistema de alimentación, prolongado en el tiempo, deben proporcionar una pérdida de peso mantenido y una mejoría en la calidad de vida y supervivencia de los pacientes.